lunes, 31 de mayo de 2010

MONITOREO DE PRENSA ESCRITA

LA PRENSA GRAFICA
31 de mayo de 2010

Barahona confía en que España enviará a Alviz

La causa contra el ciudadano español prescribía el pasado 22 de mayo, pero se logró congelar cuando Cancillería envió a tiempo la petición a España.
Amadeo Cabrera

El fiscal general de la República, Romeo Barahona, confió ayer en que la justicia de España hará efectiva la extradición de Joaquín Alviz, procesado por actos de corrupción en la Administración Nacional de Acueductos y Alcantarillados (ANDA).
“Yo confío (en que será extraditado) porque muchas cosas se basan en cuestiones de reciprocidad y también en que hay ciertos delitos en que los países están entregando a sus nacionales”, dijo el responsable de perseguir e investigar el delito.
Alviz es procesado en el Juzgado Séptimo de Instrucción de San Salvador, que requirió su extradición, por los delitos de cohecho activo (ofrecer sobornos) y agrupaciones ilícitas en casos de soborno en ANDA.
El canciller de la República, Hugo Martínez, reveló esta semana que envió a España, a través de los canales diplomáticos, la solicitud de extradición, luego de que la Corte Suprema de Justicia (CSJ) la avalara.
Martínez remitió la solicitud en la víspera de que el caso prescribiera; sin embargo, con la acción logró que la misma se congelara, según la legislación salvadoreña.
El embajador de España en El Salvador, Javier Gómez-Llera, reveló recientemente que el tratado de cooperación judicial suscrito entre España y El Salvador prohíbe la extradición de sus nacionales, pero será la justicia española la que estudiará el caso.
Barahona, por su parte, comenta: “Hoy los países ya no se cierran a extraditar a sus nacionales. Esas cuestiones han ido cambiando con el curso del tiempo; en cuestiones de terrorismo, narcotráfico y corrupción, los países están abiertos a extraditar a sus nacionales. Ya no están rígidos.”
Alviz, que por medio de un correo electrónico se mostró en contra de la prescripción del caso, ganó entre 1998 y 2001 dos licitaciones de ANDA a través de pagos de soborno al entonces presidente de la autónoma, Carlos Perla, ya condenado, y al gerente general de ese entonces, Mario Orellana, según la acusación fiscal.
El ciudadano de nacionalidad española pagaba el 10% de cada licitación para hacerse con la obra, según las investigaciones. Así ganó el proyecto Río Lempa II a un costo de $30 millones y el Reservorio de Nejapa, que tuvo una inversión de $3.7 millones.

OPINION
Justicia administrativa: deuda pendiente
Por el Imperio del Derecho/Centro de Estudios Jurídicos

Nos enteramos con agrado que en la pasada plenaria fue presentado a la Asamblea Legislativa un proyecto de nueva Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa con aspectos de vanguardia. Su aprobación representaría sin duda un paso sustancial en la consolidación del Estado de Derecho, específicamente, en el control de la sujeción a la legalidad de las actuaciones de la Administración Pública.
Es vital entender que la jurisdicción contencioso administrativa es un control que representa altos beneficios, desde tres perspectivas: 1. En primer lugar, es un verdadero juicio, y como tal, se encamina en esencia a la defensa de los derechos o intereses del administrado, consolidando un sistema de garantías. 2. Sumado a lo anterior, tal tutela trasciende los intereses del propio demandante del proceso, ya que al controlarse el apego a la legalidad, se fortalece la legalidad misma y la consolidación de un Estado de Derecho. 3. En tercer lugar, creemos que constituye un beneficio para la Administración Pública misma, en tanto la fortaleza de un poder, órgano o institución radica en gran parte en su legitimidad a los ojos de la población. Naturalmente, la claridad del accionar de la Administración se ve fortalecida con la posibilidad de su control, promovida por los propios administrados destinatarios de sus actos.
La Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa en el país fue aprobada por la Asamblea Legislativa de la República mediante Decreto 81, el 14 de noviembre de 1978, y entró en vigor el 1º de enero de 1979, encomendando el control a cargo de un solo tribunal: la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia. Asimismo, se le otorgó competencia para conocer en forma exclusiva de la legalidad de los actos administrativos.
Dicha ley constituyó en su momento una importante conquista, y se consideró innovadora para su época. No obstante, el panorama en el campo del Derecho Administrativo ha evolucionado trascendentalmente, y la ley requiere de una profunda revisión. El respetado y recordado doctor Humberto Guillermo Cuestas, quien participó en la elaboración de dicha ley y fue uno de los precursores en el país del Derecho Administrativo, después de quince años de la entrada en vigor de la misma, escribió en homenaje a su nacimiento, publicado en separata de la Revista Judicial, Sentencias, de la Corte Suprema de Justicia, que con el transcurso del tiempo se había puesto en evidencia la necesidad de superar las limitaciones de que adolecía la ley de 1978. Hoy día, han pasado más de treinta años desde su aprobación, y las necesidades de reforma son aun más apremiantes.
Es incuestionable que el tiempo ha demostrado la necesidad de crear tribunales de lo contencioso administrativo, que descentralicen y acerquen la justicia al ciudadano de a pie. Adicionalmente a lo anterior, es necesaria además la reforma del ámbito de competencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo, extendiéndolo hacia áreas actualmente desprovistas de control en dicha sede, como la impugnación directa de Reglamentos por razones de legalidad, los conflictos derivados de contratos administrativos, la vía de hecho, entre otros. Se requieren también importantes modificaciones relacionadas con la legitimación, la ampliación de medidas cautelares, la eficacia y ejecución de la sentencia, entre otras.
En síntesis, reiteramos que fortalecer el ámbito del control contencioso administrativo constituiría un paso vital en la aspiración de un verdadero Estado de Derecho, ya que dicho proceso es una fuerte herramienta de defensa en manos del particular, que también coadyuva a un mejor ejercicio de las funciones públicas e incluso beneficia a los propios órganos de la Administración, al dotarlos de transparencia y encaminarlos a un meditado establecimiento de criterios.
El Centro de Estudios Jurídicos espera que el proyecto presentado sea estudiado y analizado con seriedad y celeridad, en aras del beneficio de todos.

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